El banco de Goirigolzarri ostenta el récord de la mayor multa de la AEPD

Hace pocos días se ha hecho pública una multa de más de dos millones de euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)  a CaixaBank por cobrar comisiones a los clientes que no autoricen el uso comercial de sus datos a la entidad. Facua lo explicaba muy bien en esta noticia.

Y todo sería un punto negro en la reputación del banco tan bien gestionado por el dúo Goirigolzarri y Gortázar si no fuera porque esta manera de actuar se ha convertido ya en una costumbre. Si uno se va a las Resoluciones de la AEPD, se puede encontrar con la 500-2020 por la que hace pocas semanas -el pasado 2 de febrero de este año- se rechazaba el recurso de reposición interpuesto por CaixaBank contra otra sanción de 2021. Y la Resolución 0011/2022 atiende también a los reclamantes, a expensas de fijar la cuantía de la sanción.

Un modus operandi recurrente

CaixaBank, también Bankia con anterioridad y otras entidades, tiene un modus operandi recurrente y, al parecer eficaz: cuando un cliente firma una operación y aceptaba expresamente la cesión de sus datos para su uso en fines comerciales, el banco no cobraba comisión a ese cliente. Pero si este se opone a la cesión de datos, el rejón que se le coloca en forma de comisión era importante.

Este modo de proceder se viene aplicando desde hace muchos años por parte de todas las entidades  bancarias mediante procedimientos en ocasiones torticeros, como por ejemplo el de proporcionar los impresos al cliente con la casilla marcada para la cesión de datos. La AEPD se puso por fin seria en 2020, prohibió este último procedimiento y empezó a tomar medidas drásticas contra los bancos que no respetaran limpiamente el derecho a la intimidad  de los clientes. Eso sí, con éxito regular, por lo que se ve.

Minas de oro digitales

El primer banco que sufrió el rigor de la Agencia fue el BBVA que se encontró en ese año con una multa de 5 millones de euros. Pero CaixaBank, siempre deseoso de estar a la cabeza de todo, consiguió batir el récord: en el mismo 2020 fue sancionado con 6 millones de euros por vulneración de la protección de datos de sus clientes.

Las bases de datos son desde hace años minas de oro digitales en manos de las grandes compañías. Se comercia con ellas sin demasiado pudor, introduciendo con ello un problema serio en la privacidad de los ciudadanos. Tanto el Estado como las autoridades comunitarias empezaron a tomar medidas hace ya mucho tiempo -la AEPD entró en funcionamiento en 1994-, pero parece que las multas que se imponen compensan el beneficio obtenido. De lo contrario, no se entiende la recurrencia con que CaixaBank es sancionada siempre por lo mismo: por arañar comisiones ilegales a quien no se aviene a que sus datos se conviertan en material de intercambio comercial entre las grandes compañías.

Lo más probable es que las multas que se le imponen las paguen también los clientes a base del incremento de las comisiones.